Las declaraciones de la autoridad electoral fueron malinterpretadas por varios medios. En Bolivia, la garantía del voto secreto se encuentra estipulada en la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley de Régimen Electoral.
Diversos medios de comunicación de alcance nacional y regional han difundido este 8 de mayo la información de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitirá tomar fotografías del voto y de las actas electorales, sin embargo, Bolivia Verifica alerta que este contenido es engañoso.
Algunos de los titulares (1, 2, 3, 4, 5, 6) encontrados en medios de comunicación son los siguientes:
«TSE permitirá fotografiar el voto y las actas para garantizar transparencia en las elecciones»
«TSE permitirá a los ciudadanos fotografiar su voto, aplicará stickers en las actas y garantiza el TREP»
«TSE permitirá fotografías el voto y refuerza medidas de transparencia con actas selladas y uso del TREP».
Al revisar en qué se basan para dar esta información, se encuentra que usan el siguiente textual:
“Todos los ciudadanos van a poder sacar fotos a sus actas. Vamos a entregar copias de las actas de escrutinio y cómputo a los 13 partidos”. La declaración corresponde al vocal del TSE Gustavo Ávila, quien hizo este anuncio durante una entrevista.
Según algunos medios, la entrevista fue con la Red Uno, pero en otros portales como Eju.TV refieren a la red Erbol, medio con el que la autoridad conversó el 30 de abril, y como prueba adjuntan un video con la declaración completa.
En el material audiovisual se escucha a Ávila decir exactamente esa misma frase en el minuto 23:30:
Como se puede oír, Ávila también dijo que una vez terminado el escrutinio en cada mesa de votación, el acta será firmada por los respectivos jurados y delegados de las organizaciones políticas y «una vez que verifiquen que el resultado está correcto, le van a pega un sticker sobe estos resultados para darle seguridad, nadie va a poder alterar, no se va a poder cambiar (…) Le van a poder sacar foto, filmar, lo que consideren a esta acta».
Al revisar la nota de la Red Uno se encontró que ellos utilizan la misma frase de Ávila y aseguran que este 7 de mayo el TSE anunció esta y otras medidas para fortalecer la transparencia y la confianza en la ciudadanía de cara a las elecciones 2025. No obstante, no se encontró (1, 2) ningún anunció oficial al respecto en este fecha.
En Bolivia el voto es secreto
Esta garantía se encuentra principalmente en los siguientes cuerpos normativos:
1. Constitución Política del Estado (CPE):
- El Artículo 26, numeral II, inciso 2 establece que el sufragio se ejerce mediante voto «…igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio…».
2. Ley N° 026 del Régimen Electoral:
- El Artículo 43, numeral I, inciso a) ratifica que el voto en la democracia boliviana es «…Secreto, porque la ley garantiza la reserva del voto.»
Por otro lado, en contacto con el equipo de comunicación del TSE, aclararon que las publicaciones que se compartieron en las últimas horas son información imprecisa y que como se ve, en ningún momento el vocal menciona que se permitirá tomar fotografía al voto, él habla de sacar foto a las actas de votación.
¿Qué es el acta de votación o acta electoral?
Según la normativa electoral boliviana, un acta electoral es un documento oficial fundamental en el proceso electoral. Su función principal es registrar y certificar los acontecimientos y resultados de la votación en cada mesa de sufragio. A continuación, se detallan aspectos clave sobre las actas electorales en Bolivia:
- Registro de la votación:
- El acta electoral documenta el desarrollo de la jornada electoral en una mesa de sufragio específica.
- Incluye información sobre la instalación de la mesa, la identificación de los votantes, el recuento de los votos y cualquier incidencia relevante.
- Certificación de resultados:
- El acta electoral certifica los resultados obtenidos en la mesa de sufragio, detallando el número de votos válidos, nulos y blancos.
- Esta información es crucial para el cómputo general de los resultados electorales.
- Importancia legal:
- Las actas electorales tienen valor legal y constituyen una prueba fehaciente de los resultados de la votación.
- Son utilizadas en el proceso de cómputo y en la resolución de posibles impugnaciones o controversias electorales.
- Contenido y regulación:
- Incluyen datos como el número de mesa, la ubicación, la hora de inicio y cierre de la votación, el número de votantes, los resultados de la votación y las firmas de los jurados electorales y de los delegados de las organizaciones políticas.
- El contenido de las actas electorales está regulado por la Ley N° 026 del Régimen Electoral y por reglamentos emitidos por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
En resumen, el acta electoral es un documento esencial que garantiza la transparencia y la legalidad del proceso electoral en Bolivia.
Por todo lo expuesto, es cierto que el vocal Ávila dijo que se permitirá sacar fotografías al acta de votación, pero no a la papeleta o al voto de cada persona. Según la norma, cuando un voto se hace público puede ser anulado.