Explicador archivos - Bolivia Verifica Elecciones https://boliviaverificaelecciones.bo/category/explicador/ Bolivia Verifica Elecciones Thu, 09 Apr 2026 22:12:08 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.9.4 https://boliviaverificaelecciones.bo/wp-content/uploads/2024/08/icono-150x150.jpg Explicador archivos - Bolivia Verifica Elecciones https://boliviaverificaelecciones.bo/category/explicador/ 32 32 Ocho claves para entender por qué no habrá segunda vuelta en La Paz https://boliviaverificaelecciones.bo/ocho-claves-para-entender-por-que-no-habra-segunda-vuelta-en-la-paz/ Tue, 07 Apr 2026 21:44:36 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=15385 El TSE aceptó la declinación de NGP en la segunda vuelta por la Gobernación de La Paz, lo que dejó sin efecto esa elección y permitirá la proclamación directa de Luis Revilla como gobernador. La decisión se basa en la normativa vigente, que faculta a las organizaciones políticas a retirarse. El caso también reabre el […]

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El TSE aceptó la declinación de NGP en la segunda vuelta por la Gobernación de La Paz, lo que dejó sin efecto esa elección y permitirá la proclamación directa de Luis Revilla como gobernador. La decisión se basa en la normativa vigente, que faculta a las organizaciones políticas a retirarse. El caso también reabre el debate sobre la legislación electoral, mientras el TSE anunció el inicio del proceso para cancelar la personería jurídica de NGP. 

Ya está decidido: no habrá segunda vuelta en la elección de gobernador en La Paz. ¿Por qué ocurrió ésto?

El 1 de abril, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aceptó la declinatoria de la organización política Nueva Generación Patriótica (NGP) para participar en la segunda vuelta. Como resultado, ésta quedó sin efecto y el candidato Luis Revilla (Alianza Patria Sol) será proclamado gobernador, conforme a la normativa electoral vigente.

Asimismo, el presidente del TSE, Gustavo Ávila, anunció que se determinó iniciar el proceso de cancelación de la personería jurídica de NGP.

En este explicador te presentamos las ocho claves que debes conocer para entender este caso.

1. La base normativa: cómo se elige a un gobernador

La Ley N° 026 del Régimen Electoral, del 30 de junio de 2010, establece que los gobernadores son elegidos en circunscripción departamental mediante voto popular. Una modificación incorporada por la Ley N° 587 Transitoria Electoral, del 30 de octubre de 2014, define tres escenarios:

  • Victoria directa:
    • Más del 50% de votos, o
    • Al menos 40% con 10 puntos de diferencia con el segundo
  • Segunda vuelta:
    • Si ningún candidato cumple esas condiciones
  • Reglas en segunda vuelta:
    • Participan las dos candidaturas más votadas
    • Se proclama ganador a quien obtenga la mayoría de votos válidos

Estas normas están vigentes desde 2010 y 2014 en el gobierno de Evo Morales del Movimiento Al Socialismo (MAS), por lo que no son recientes. Es decir, que con esta Ley ya se realizaron tres elecciones generales y tres elecciones subnacionales hasta la fecha.

2. Elección subnacional 2026

Tras las elecciones del 22 de marzo de 2026, en La Paz quedaron en los dos primeros lugares:

  • Luis Revilla (Patria) con el 20,02%
  • René Yahuasi (NGP) con el 8,18%

Ambos debían ir a segunda vuelta el 19 de abril. Sin embargo, NGP declinó su participación y el TSE aceptó esa decisión. Por ello, ya no habrá segunda vuelta en el departamento de La Paz y Revilla será proclamado gobernador.

3. La ley sí permite declinar candidatura en la segunda vuelta

El elemento determinante está en el artículo 64 de la Ley N° 026, modificado por la Ley N° 587. La norma establece que:

  • Si una organización política comunica por escrito su declinación hasta 30 días antes de la votación, no se realizará la segunda vuelta electoral.
  • Si la declinación ocurre en un plazo menor, el TSE aplicará una sanción, pero se proclamará igualmente a la otra candidatura.

Según un recuento del TSE, situaciones similares ya se registraron en anteriores procesos electorales. En las Elecciones Generales de 2020, al menos tres organizaciones políticas -como Juntos, Libre 21 y ADN- declinaron su participación pocos días antes de la votación mediante sus delegados políticos, incluso pese a que algunos candidatos intentaron continuar en carrera.

El TSE aplicó la normativa y respetó la decisión de las organizaciones. Casos posteriores, como la declinación de NGP y MORENA en 2025 o la exclusión de candidaturas en 2026 a solicitud de organizaciones políticas, evidencian que este tipo de decisiones forma parte del marco legal vigente, en el que la relación institucional del TSE se establece con las organizaciones políticas y no con candidatos individuales.

Ley Nº 587.

4. El candidato no decide

Uno de los aspectos más debatidos es que las decisiones formales dentro del proceso electoral corresponden a las organizaciones políticas y no directamente a los candidatos. Esto implica que, aunque un candidato quiera continuar en carrera (como en el caso de La Paz), su organización puede comunicar su retiro ante el órgano electoral.

La Constitución Política del Estado (artículo 209) y la Ley N° 026 del Régimen Electoral (artículos 46, 47 y 48) establecen que las candidaturas se canalizan a través de organizaciones políticas, que son las que mantienen relación directa con el Tribunal Supremo Electoral.

En ese marco, la relación institucional del TSE se establece con las organizaciones políticas mediante sus delegados acreditados, quienes son responsables de comunicar decisiones dentro del proceso electoral.

5. ¿De qué forma realizó su solicitud de declinación NGP?

Según informó el TSE, la organización política presentó un documento notariado mediante su delegado político acreditado, en el que comunicó formalmente su decisión de no participar en la segunda vuelta. Informó que la decisión fue adoptada por su Comité Ejecutivo Nacional, conforme a su estatuto y normativa vigente.

El argumento se basa en que el candidato habría cortado todo tipo de comunicación interna con el Comité Ejecutivo y la militancia.

6. Habrá sanción contra NGP

El presidente del TSE, Gustavo Ávila, informó este lunes que la Sala Plena rechazó el recurso presentado por René Yahuasi para continuar en la segunda vuelta (ver aquí).

Además, anunció que se inició el proceso para cancelar la personería jurídica de NGP, en el marco de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, por incumplimiento de participación electoral de dos elecciones consecutivas.

Artículo 58 de Ley 1096 de Organizaciones Políticas.

7. ¿NGP puede retractarse de su decisión?

No. La normativa electoral no contempla la posibilidad de retractarse de esa declinación formalizada. Una vez presentada y aceptada, la decisión produce efectos definitivos dentro del proceso electoral.

«No, es que la ley no permite eso, no permite retracción», apuntó Ávila en contacto con Radio Fides.

8. Reforma de la normativa electoral

En el acto inaugural de las Elecciones Subnacionales 2026, el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, señaló la necesidad de impulsar reformas urgentes a la normativa electoral. Esta preocupación -según el portal del TSE– ya había sido planteada desde las elecciones judiciales, debido a vacíos y contradicciones identificados en la ley.

Desde esa instancia también se informó que, tras la conclusión de este proceso electoral, se presentará una propuesta de modificación del marco legal ante la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La decisión de aceptar la declinación generó protestas de simpatizantes afines al candidato René Yahuasi. Sin embargo, el TSE indicó que actuó en cumplimiento de la normativa vigente.

«Y lo que queda claro, y es un mensaje a toda la población boliviana, es que el proceso de elecciones judiciales, el proceso de elecciones generales y este proceso de elecciones subnacionales han demostrado que la Ley del Régimen Electoral 018, 026 y la Ley 1096 de Organizaciones Políticas necesitan un cambio urgente y estructural.

Por lo tanto, volvemos a reafirmar nuestro compromiso. Debemos realizar entre todas las instituciones un cambio a la ley que sea participativo, escuchando las propuestas también de organizaciones políticas, de pueblos indígenas y de instituciones como el Órgano Legislativo, pero el Órgano Electoral va a ser una propuesta necesaria para el cambio de esta ley. Ya es necesario entregarle a Bolivia una nueva ley de régimen electoral y a eso vamos a conducir», afirmó el presidente del TSE, Gustavo Ávila en conferencia de prensa.

En síntesis

  • La ley permite declinar en segunda vuelta
  • El TSE aceptó la decisión
  • Se cancela la segunda vuelta
  • Se proclamará gobernador a la otra candidatura
  • El partido decide, no el candidato
  • El TSE inicia la cancelación de personería de NGP
  • No existe retractación
  • El caso reabre el debate sobre reformas electorales
  • Y el TSE anunció que presentará una propuesta de modificación del marco legal ante la Asamblea Legislativa

Actualización: voto disidente, la postura del vocal Goitia

El vocal Carlos Alberto Goitia Caballero, en su voto disidente (ver el documento aquí) a la Resolución TSE N° 1266/2026, del 6 de abril, sostuvo que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debió admitir el recurso de impugnación presentado por el candidato René Yahuasi contra la aceptación de la declinatoria de NGP y analizar el caso en el fondo.

En ese marco, planteó que la Sala Plena debía dejar sin efecto la declinatoria y permitir la realización de una segunda vuelta en La Paz.

Postura de Goitia:

  • Admisión de la impugnación:

La solicitud presentada por Yahuasi debía ser admitida y analizada en el fondo, en lugar de ser rechazada.

  • Decisión interna del partido:

Cita el artículo 23 de la Ley N° 1096, que establece que las decisiones deben ser adoptadas por las máximas instancias de las organizaciones políticas. Señala que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de NGP no es la máxima instancia, por lo que su decisión de declinar es observada.

  • Alcance del TSE:

Sostiene que el Tribunal no debe suplir vacíos normativos internos de los partidos, sino analizar el caso a fondo. En ese marco, observa que ni el CEN ni la Asamblea Nacional Extraordinaria de NGP tendrían atribución expresa para declinar la participación en segunda vuelta, lo que debía ser evaluado por la Sala Plena.

  • Derechos del candidato:

Señala que el TSE debe velar por que no se vulneren derechos y garantías de candidatos y militantes. Indica que Yahuasi no fue escuchado ni convocado en la decisión de su organización.

  • Efecto propuesto:

Plantea dejar sin efecto el Auto TSE-RSP N° 064/2026, del 1 de abril, y convocar a segunda vuelta entre los dos candidatos más votados, para que la ciudadanía decida.

En síntesis:

El voto disidente del vocal Goitia sostiene que el TSE debió admitir y analizar en el fondo el recurso de impugnación del candidato, revisar la legalidad de la declinatoria y, en función de ello, dejarla sin efecto y permitir la realización de una segunda vuelta en La Paz.

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¿Cómo votar este 22 de marzo? Guía para entender las papeletas en las elecciones subnacionales 2026 en Bolivia https://boliviaverificaelecciones.bo/como-votar-este-22-de-marzo-guia-para-entender-las-papeletas-en-las-elecciones-subnacionales-2026-en-bolivia/ Fri, 20 Mar 2026 20:15:19 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=14612 En todo el país se votará por gobernadores, asambleístas, alcaldes y concejales, pero en algunos departamentos también se elegirá a subgobernadores, corregidores u otras autoridades regionales. Conocer qué recibirás en mesa te ayudará a evitar errores al momento de votar. Este 22 de marzo, Bolivia acudirá a las urnas para elegir autoridades subnacionales. En todos […]

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En todo el país se votará por gobernadores, asambleístas, alcaldes y concejales, pero en algunos departamentos también se elegirá a subgobernadores, corregidores u otras autoridades regionales. Conocer qué recibirás en mesa te ayudará a evitar errores al momento de votar.

Este 22 de marzo, Bolivia acudirá a las urnas para elegir autoridades subnacionales. En todos los departamentos, los votantes elegirán autoridades departamentales y municipales, es decir, gobernador y alcalde, además de asambleístas y concejales. Sin embargo, dependiendo de la región, el número de papeletas y las categorías dentro de ellas pueden variar.

En este explicador te detallamos qué debes llevar, cómo será el proceso de votación y qué papeletas recibirás según tu región, con base en información oficial del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Antes de votar: qué ocurrirá en la mesa

La votación comenzará a las 08:00 y se recomienda asistir temprano para evitar filas. Para emitir el voto es necesario presentar la cédula de identidad en formato físico; de manera excepcional, se aceptan documentos vencidos hasta un año. Las personas extranjeras podrán votar si cuentan con al menos dos años de residencia legal en el país.

Al llegar a la mesa, el jurado electoral verificará la identidad del votante y le entregará las papeletas correspondientes. Luego, el elector ingresará al espacio habilitado para marcar su voto y, al finalizar, deberá depositar cada papeleta en su ánfora correspondiente.

Es decir, la papeleta departamental se depositará en un ánfora con etiqueta gris, y la municipal en una con etiqueta café. Finalmente, se entregará el certificado de sufragio.

¿Cuántas papeletas recibirás?

En siete de los nueve departamentos, los votantes recibirán dos papeletas. Una gris, para elegir autoridades departamentales, que tendrá tres franjas:

  • Gobernador/a
  • Asambleísta por territorio
  • Asambleísta por población (excepto en Beni)

Una café, correspondiente a autoridades municipales, dividida en dos franjas:

  • Alcalde o Alcaldesa
  • Concejal

Aunque la base de la votación es la misma en todo el país, en algunos departamentos se incorporan categorías adicionales.

Por ejemplo, en Tarija, debido a la Región Autónoma del Gran Chaco, los votantes recibirán una tercera papeleta de color verde con cuatro franjas para elegir autoridades regionales, como ejecutivos y asambleístas regionales.

En otros casos, como en Beni, la papeleta departamental incluye más franjas. En este departamento no se elige asambleísta por población, pero se incorporan categorías como subgobernadores y corregidores. Esto no cambia el procedimiento, pero sí amplía las opciones dentro de la papeleta.

Un aspecto clave: cada voto cuenta por separado.

Un elemento fundamental del sistema es que el voto no es en bloque. Cada franja dentro de la papeleta funciona de manera independiente, lo que permite votar por diferentes organizaciones políticas según el cargo. Esto se conoce como voto cruzado.

Por ejemplo, se puede elegir un candidato a gobernador de una organización política y, al mismo tiempo, votar por un asambleísta de otra distinta.

¿Cuántas veces debes marcar tu voto?

El procedimiento de votación es el mismo en todo el país, pero la cantidad de opciones dentro de cada papeleta puede variar según el departamento.

Cada franja representa un voto independiente. Esto significa que una persona puede marcar más de una opción dentro de una misma papeleta en diferentes franjas, eligiendo así a distintas autoridades.

En la mayoría de los departamentos, el votante puede realizar hasta cinco marcas en total:

  • Tres en la papeleta departamental
  • Dos en la papeleta municipal

Sin embargo, en algunos departamentos como Beni o en regiones autónomas como el Gran Chaco, pueden existir más categorías, lo que implica un mayor número de opciones dentro de la papeleta.

Recomendaciones para el día de votación

Para evitar errores, es importante:

  • Revisar bien cada papeleta antes de marcarla.
  • Asegurarse de que el voto esté dentro del recuadro.
  • Depositar correctamente cada papeleta en su ánfora correspondiente.
  • Conservar el certificado de sufragio.

Las elecciones subnacionales mantienen una estructura común en todo el país, ya que en todos los departamentos se vota por autoridades departamentales y municipales. Sin embargo, en algunas regiones autónomas se suman papeletas o franjas adicionales, por lo que informarse previamente permite votar de manera correcta y sin confusiones.

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Sucre: Audio asociado a Rolando Reynaga no fue creado con inteligencia artificial https://boliviaverificaelecciones.bo/sucre-audio-asociado-a-rolando-reynaga-no-fue-creado-con-inteligencia-artificial/ Wed, 25 Feb 2026 19:20:59 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=13902 Bolivia Verifica revisó el material e identificó que no hubo uso de IA, pero hay indicios de edición como cortes abruptos. El candidato a la Gobernación de Chuquisaca por la alianza Gente Nueva, Luis Ayllón, presentó ante los medios de comunicación un audio en el que se escucha al dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria […]

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Bolivia Verifica revisó el material e identificó que no hubo uso de IA, pero hay indicios de edición como cortes abruptos.

El candidato a la Gobernación de Chuquisaca por la alianza Gente Nueva, Luis Ayllón, presentó ante los medios de comunicación un audio en el que se escucha al dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Rolando Reynaga, lanzar amenazas en su contra. En la grabación, Reynaga afirma que Ayllón terminará en la cárcel y que su postulación «morirá de pies a cabeza«; según el denunciante, estas declaraciones revelan un plan para inhabilitarlo de las elecciones subnacionales mediante la judicialización de la política.

El equipo de Bolivia Verifica analizó el audio y en este Explicador te contamos las conclusiones.

Parte de lo que se escucha en el audio es lo siguiente: «La otra candidatura que muere de pies a cabeza es Lucho Ayllón. Yo estoy trabajando en eso con mi equipo jurídico. En La Paz yo he estado casi setenta días, pero no me estaba rascando; peticiones de informe, con firma de Rodrigo Paz y el presidente del Senado, y esto es para que le meta a la cárcel. A Lucho Ayllón yo lo puedo meter a la cárcel, mañana mismo cautelarle, hoy detenerle, mañana cautelarle, pero de nada sirve. La alianza lo vamos a matar políticamente y yo soy el jefe de un partido político y debo ganar la gobernación y con poca probabilidad la alcaldía (…)» (sic).

Tras la presentación de esta prueba, Reynaga respondió que «no manda ningún audio a nadie», pero que (en ese audio) en «partes se escucha que fuese su voz» y alguien «inescrupuloso lo grabó». Además, negó haber presentado alguna denuncia para inhabilitar a Ayllón y que su esposa esté postulando a asambleísta por la agrupación Patria Unidos.

¿Qué sabemos del audio?

Bolivia Verifica recibió solicitudes para analizar la autenticidad del audio, que también fue difundido por varias páginas en Facebook como Sucre sin rodeos.

Análisis con inteligencia artificial

El material fue sometido a diferentes herramientas digitales de detección de IA y estos son los resultados:

  • Hiya Deepfake Voice Detector 

El audio ingresó a esta herramienta y el resultado señala que el audio es auténtico, no fue hecho artificialmente. Muestra un puntaje del 87/100 de autenticidad.

 

  • ChatGPT

Según el «análisis lingüístico profundo», el audio muestra señales de «oralidad espontánea», ya que la IA detectó varias repeticiones como: “vamos vamos”, “quien quien” y “y y y y y”. Además, existen «ideas que se pisan entre sí» porque es parte de una conversación privada, por lo que se tiene un «habla improvisada».

ChatGPT menciona que los audios que son generados con IA no incluyen tartamudeos, por lo que afirma que este audio no sigue un guion; más al contrario, muestra que este material contiene un desorden donde habla de estrategia jurídica, poder político, familiares en cargos, influencia institucional y anécdotas personales.

  • AI Voice Detector | Deepfakes & AI Audio Detector

A esta herramienta se envió el material en los dos formatos MP4 (descarga del video) y MP3 (audio enviado por WhatsApp). El resultado de ambos audios sale que la voz es 99% real.

¿Hay indicios de montaje?

El equipo de Bolivia Verifica revisó el audio y notó que sí hay un corte cuando la voz dice «quien está a lado mío digamos no pues» en el segundo 44. Corta abruptamente para dar paso a la frase: «mi mujer está yendo como primera asambleísta».

Asimismo, se hizo pruebas para ver cómo pudo haber sido filmado el material. Se simuló un audio por WhatsApp, una llamada telefónica y una grabación con un celular oculto de una conversación presencial. Al final, el material se asemeja, en cuanto a sonidos de fondo y tonalidad, a una llamada telefónica.

Conclusión

En conclusión, el audio no fue generado artificialmente y tiene indicios para pensar que fue grabado de llamadas telefónicas, por sus características sonoras, pero presenta cortes abruptos y frases incompletas hechas en edición, lo que dificulta poder confirmar su fiabilidad.

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Interpretaciones erróneas del Sirepre y el Cómputo Oficial generaron falsas narrativas de fraude tras el balotaje https://boliviaverificaelecciones.bo/por-que-hubo-diferencias-entre-los-resultados-del-sirepre-y-el-computo-oficial/ Wed, 22 Oct 2025 17:43:05 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=12425 Usuarios en redes sociales compartieron capturas del Cómputo Oficial en proceso, comparándolas con los resultados preliminares, lo que generó desinformación y dudas. Pero los informes de las misiones de observación desechan esta idea. Tras la segunda vuelta electoral y la publicación de los resultados preliminares del Sirepre, varios usuarios de redes sociales compartieron capturas del […]

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Usuarios en redes sociales compartieron capturas del Cómputo Oficial en proceso, comparándolas con los resultados preliminares, lo que generó desinformación y dudas. Pero los informes de las misiones de observación desechan esta idea.

Tras la segunda vuelta electoral y la publicación de los resultados preliminares del Sirepre, varios usuarios de redes sociales compartieron capturas del Cómputo Oficial en proceso, señalando que los datos de ambos sistemas no coincidían. Pero esta aparente discrepancia se debe a una confusión o mala interpretación de la funcionalidad de estas dos plataformas.

De hecho, las diversas Misiones de Observación Electoral (MOE) que trabajaron antes, durante y después del balotaje emitieron informes que destacan, en general, la solidez y transparencia del proceso.

Pero la falta de información al respecto derivó en la difusión de narrativas desinformantes en sentido de que se trataría de un fraude, generando confusión entre la ciudadanía y poniendo en duda la legitimidad del proceso y del Tribunal Supremo Electoral (TSE), ver aquí , aquí y aquí.

Estas publicaciones fueron virales en las redes desde la noche el domingo hasta las horas recientes, cuando el Cómputo Oficial o SCORC lleva el 99,67% de las actas computadas.

A esto se añadió la versión de que un corte de energía afectó el normal desarrollo del traspaso de información de las actas al Sirepre, lo cual fue desmentido por el TSE y organismos de observación:

«El TSE desmiente categóricamente que el Sirepre haya sufrido alguna manipulación, problemas con el suministro de energía o interrupciones en su transmisión. El TSE ratifica que el sistema funcionó de manera óptima, brindando resultados preliminares e informativos de forma oportuna, al igual que en la primera vuelta electoral».

Las autoridades electorales recordaron a la ciudadanía que puede seguir la evolución de los resultados en tiempo real mediante el Cómputo Oficial.

Asimismo, reafirmaron que «el proceso electoral se llevó a cabo de manera transparente, limpia y técnicamente confiable», e invitó a la población a consultar las fuentes oficiales de comunicación y evitar compartir información no verificada.

El Sirepre brinda resultados preliminares no oficiales

En este espacio del Explicador de Bolivia Verifica, te contamos cuáles son las diferencias entre las dos plataformas, para comprender la forma de evolución de los datos.

El Sirepre es el Sistema de Resultados Electorales Preliminares. Desde el portal de noticias del Órgano Electoral, explicaron que se trata de una herramienta tecnológica, a través de la cual se difundió los resultados preliminares de la votación la noche de este 19 de octubre.

El objetivo de este sistema es brindar información transparente y oportuna a la ciudadanía; además permite conocer una tendencia preliminar del voto nacional, aunque sus datos no son de carácter oficial ni vinculante.

En este proceso, operadores del Órgano Electoral recolectan copias de las actas electorales desde cada mesa de sufragio, capturan imágenes de las actas, transcriben la información mediante una aplicación móvil  y envían los datos a través de una red segura siguiendo estrictos protocolos definidos por el ente electoral.

El sistema cubre la mayoría de los recintos del país y excluye únicamente a aquellos sin acceso a internet; además, ofrece una muestra representativa que facilita proyectar los resultados iniciales, según el portal Fuente Directa.

El Cómputo Oficial es vinculante

El SCORC es el Sistema de Consolidación Oficial de los Resultados de Cómputo. El resultado es vinculante y consolida los resultados definitivos del cómputo electoral. A través de este mecanismo, se procesa el 100% de las actas de escrutinio, que están previamente firmadas, selladas y trasladadas bajo estrictas medidas de seguridad.

Los Tribunales Electorales Departamentales (TED) son los responsables del cómputo en sus respectivas jurisdicciones, mientras que el TSE se encarga de procesar los votos emitidos en el exterior, informó Fuente Directa.

De acuerdo con el artículo 187 de la Ley 026 de Régimen Electoral, el cómputo nacional se debe realizar en sesión pública de Sala Plena del TSE, con la presencia de misiones de observación electoral, representantes de organizaciones políticas, sociedad civil y control social. Este conteo oficial debe concluir en un plazo máximo de cinco días a partir de la recepción del último cómputo departamental.

El ente electoral afirma que el Sirepre y el SCORC se complementan para garantizar la transparencia, integridad y legitimidad del proceso electoral. Mientras el primero ofrece información preliminar ágil y accesible, el segundo ratifica oficialmente la voluntad expresada por los votantes.

Ambos procesos se desarrollan bajo controles técnicos rigurosos y con la participación de observadores nacionales e internacionales.

Libre pidió las actas ante posible inversión de votos; no habló de fraude

En una conferencia de prensa, este martes 21 de octubre, el jefe de campaña de la Alianza Libre, Luis Vásquez, anunció que habían solicitado al TSE la entrega de todas las actas y las hojas de trabajo para una «revisión interna» pues temen que en algunos casos se hubiera producido «la inversión de datos» al momento de pasar la información del conteo en mesas a las actas.

Por su lado, este miércoles 22, el presidente del TSE, Óscar Hassenteufel, emitió un informe público al respecto. Recordó que Libre dispuso de delegados en casi la totalidad de los recintos de votación para hacer seguimiento al proceso, pero aseguró que la Alianza puede acceder a todas las actas solicitadas.

La autoridad electoral hizo notar que en el proceso «no hubo observación ni impugnación» alguna sobre los cómputos departamentales. En ese sentido llamó a «respetar y aceptar los resultados».

«La verdadera grandeza de la democracia no solo se honra cuando se gana, sino cuando se respeta la voluntad ciudadana», dijo Hassenteufel.

El TSE informa que Libre puede acceder a las actas

El Tribunal Supremo Electoral emitió dos notas de respuesta a la Alianza Libre, requiriendo la acreditación de delegados técnicos para acceder a las imágenes de las actas transmitidas en el Sirepre, en el marco del compromiso asumido durante el último Encuentro por la Democracia, realizado en septiembre de este año.

Asimismo, el TSE recordó que todas las actas computadas se encuentran disponibles para su visualización y descarga en el Sistema de Consolidación Oficial de Resultados de Cómputo en Proceso (SCORC), a través del siguiente enlace 👉 https://computo.oep.org.bo/

La UE aseguró que el Sirepre funcionó sin inconvenientes

Por su parte, el jefe de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea UE), Davor Ivo Stier, aseguró que el Sirepre funcionó sin inconvenientes, de manera eficaz y sin cortes. Además expresó su confianza en los resultados arrojados la noche del domingo por el TSE.

El jefe de la MOE de la UE, Davor Ivo Stier, aseguró que el Sirepre funcionó sin inconvenientes, de manera eficaz y continua durante toda la jornada electoral. Además, expresó su plena confianza en los resultados difundidos la noche del domingo por el TSE.

«El Sirepre funcionó en todo momento sin cortes, y esto es importante que lo podamos decir y lo decimos con información de primera mano. Cuando asumí este cargo de jefe de la Misión, vi la importancia del Sirepre y junto con el jefe adjunto solicitamos a nuestras autoridades en Bruselas que nos envíen un analista experto en sistemas electorales para que esté todo el tiempo trabajando en el centro del SIREPRE, para que tengamos información de primera mano», dijo Davor Ivo Stier, este martes 21 de octubre en conferencia de prensa (ver aquí).

La Misión de la UE presentó su informe preliminar sobre la segunda vuelta electoral, y anunció que próximamente publicará un informe final con recomendaciones destinadas a una eventual reforma electoral.

«La jornada electoral transcurrió de forma pacífica y ordenada, con apenas algunos incidentes aislados de menor importancia que no afectaron al desarrollo general del proceso», señala parte del informe en cuanto a la votación, el conteo y tabulación de resultados.

Esta Misión de Observación Electoral estuvo conformada por 120 observadores desplegados en los 9 departamentos del país, quienes realizaron el seguimiento del proceso electoral.

La OEA destaca entrega oportuna de resultados preliminares

Por su parte, el jefe de la Misión de Observación Electoral (MOE) de la Organización de Estado Americanos (OEA) en Bolivia Juan Fernando Cristo Bustos destacó la entrega oportuna de los resultados preliminares de la votación y calificó la jornada electoral como «ejemplar».

“El domingo, el país escribió un nuevo capítulo de su historia, la misión de observación de la OEA fue testigo de una jornada ejemplar, en la que cada uno de ustedes demostró un firme e inquebrantable compromiso con la democracia”, remarcó Cristo en un audiovisual publicado en las redes oficiales de la OEA.

Asimismo, destacó «que la entrega de resultados preliminares se realizó de manera oportuna y la ciudadanía recibió información directa desde la autoridad electoral».

La misión saludó y felicitó al presidente electo, Rodrigo Paz, y destacó «la madurez democrática de Alianza Libre» al aceptar oportunamente los resultados». También destacó la labor del Órgano Electoral, al Gobierno y a las fuerzas de seguridad del país por su trabajo para garantizar el cumplimiento del calendario electoral.

La Observación de la OEA estuvo integrada por 83 expertos en los 9 departamentos del país y en 4 países, quienes constataron que la jornada estuvo marcada por el civismo y la tranquilidad.

La misión de la OEA entregó un segundo informe preliminar sobre su trabajo realizado, en el que resalta algunas observaciones y recomendaciones del proceso electoral.

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Video en WhatsApp es señalado como prueba de fraude: ¿qué se sabe al respecto? https://boliviaverificaelecciones.bo/video-en-whatsapp-es-senalado-como-prueba-de-fraude-que-se-sabe-al-respecto/ Sun, 19 Oct 2025 18:32:41 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=12318 En la grabación se ve a una persona que pide el voto a favor del PDC. El registro fue hecho en la comunidad de Calasindro, del distrito 9, ubicado en el sur de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba. Un video marcado con la alerta de «reenviado muchas veces» circula en WhatsApp. En las […]

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En la grabación se ve a una persona que pide el voto a favor del PDC. El registro fue hecho en la comunidad de Calasindro, del distrito 9, ubicado en el sur de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba.

Un video marcado con la alerta de «reenviado muchas veces» circula en WhatsApp. En las imágenes, se observa a una persona pidiendo el voto a favor del Partido Demócrata Cristiano (PDC). Junto al video, se difunde un texto que lo presenta como prueba de un supuesto fraude electoral en curso. ¿Este video constituye una inducción al voto? ¿Condiciona la decisión de los electores? En este Explicador te contamos qué se sabe hasta ahora.

En el video se observa a una persona mayor acercarse a una camioneta con varias personas a bordo. Hablando en quechua, les indica cómo deben votar, mientras muestra una imagen similar a una boleta electoral de la segunda vuelta. En al audio se le escucha decir lo siguiente:

«En este -papel- ustedes deben de saber por quién votar… donde está la cruz marcada…
Donde está la cruz… como están viendo, así deben de votar. Rojo, verde y blanco con su estrella, igual tienes que marcar. Hay dos opciones, pero hay que votar a la izquierda (señalado con su dedo a lado) este es de otro partido, no hay que votar por él, hay que votar por este.
El otro lado es de Tuto, dicen que es el hijo de -Hugo- Banzer. Entonces vamos a votar en este otro lado, donde dice PDC, donde está la estrellita. Todos ya saben compañeros, no se asusten».

Originalmente, el audiovisual fue difundido por la cuenta de TikTok eleuterio.meriles, en fecha 13 de octubre. En contacto con Bolivia Verifica, el usuario explicó que el video corresponde a una actividad de campaña electoral del PDC en la comunidad de Calasindro, del distrito 9, ubicado en el sur de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba.

Desde el Tribunal Supremo Electoral (TSE) señalaron que, según lo que se observa en el video, no se estarían vulnerando normas electorales, ya que el pedido de voto ocurre dentro del periodo permitido para la campaña y no durante el silencio electoral. Además, no se evidencia un condicionamiento al voto por parte de la persona que aparece en las imágenes.

El silencio electoral entró en vigencia el 16 de octubre, por lo que desde esa fecha está prohibido realizar actos de campaña o pedir el voto.

Este domingo 19 de octubre se celebrará, por primera vez en Bolivia, una segunda vuelta electoral para elegir presidente. Los electores deberán elegir entre las dos fórmulas más votadas en las elecciones generales: Rodrigo Paz Pereira, del Partido Demócrata Cristiano (PDC), y Jorge ‘Tuto’ Quiroga Ramírez, de Alianza Libre.

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¿Qué procesos pesan sobre Añez, Camacho y Pumari, y cuál es su estado actual? https://boliviaverificaelecciones.bo/que-procesos-pesan-sobre-anez-camacho-y-pumari-y-cual-es-su-estado-actual/ Mon, 01 Sep 2025 17:52:04 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=10483 Luego de la instrucción del Tribunal Supremo de Justicia, se revisaron las situaciones judiciales de Jeanine Añez, Luis Fernando Camacho y Marco Pumari, mejorando sus medidas cautelares. El Tribunal Supremo de Justicia ha emitido el instructivo 18 para revisar los plazos procesales de las detenciones preventivas del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho; el […]

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Luego de la instrucción del Tribunal Supremo de Justicia, se revisaron las situaciones judiciales de Jeanine Añez, Luis Fernando Camacho y Marco Pumari, mejorando sus medidas cautelares.

El Tribunal Supremo de Justicia ha emitido el instructivo 18 para revisar los plazos procesales de las detenciones preventivas del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho; el excívico Marco Antonio Pumari; y la expresidenta Jeanine Añez. En este Sin Duda, analizamos los procesos judiciales que cada uno enfrenta y cuáles ya fueron resueltos.

Luis Fernando Camacho

El 28 de diciembre de 2022, el gobernador cruceño fue aprehendido y luego trasladado a la ciudad de La Paz para someterse a una audiencia de medidas cautelares que dictaminó su detención preventiva en el penal de Chonchocoro. Toda la acción fue en el marco del caso denominado Golpe de Estado I.

No obstante, tras casi tres años, logró medidas sustitutivas. Este 26 de agosto el juzgado de La Paz dictaminó cambiar su detención preventiva por arresto domiciliario en el caso Golpe de Estado I. Y al día siguiente, también logró esta misma medida en el caso llamado 35 días de paro por los resultados del censo. El viernes 29 de agosto llegó a Santa Cruz, con un gran recibimiento de sus seguidores.

Procesos en su contra

Según el abogado del gobernador cruceño, Martín Camacho, la autoridad enfrenta siete procesos, de los que cuatro están en etapa de juicio y otros tres en etapa preliminar.

Bolivia Verifica hizo una revisión y contrastó con la defensa de Camacho que estos son los procesos que tiene abiertos en su contra:

Caso “Golpe de Estado I”

Camacho está acusado por varios delitos, entre ellos terrorismo, seducción de tropas e instigación pública, por su rol en la crisis política de 2019. Debe pagar una fianza de Bs 100.000 y presentarse cada 15 días en la Fiscalía luego de que se determinara su detención domiciliaria.

Caso “36 Días de Paro” (Censo)

Se lo acusa de terrorismo, discriminación y otros delitos por haber encabezado el paro cívico de 36 días en Santa Cruz, en 2022, para exigir el censo. Le impusieron una fianza de Bs 50.000, arraigo y presentación mensual ante la Fiscalía, además de tener detención domiciliaria con permiso laboral.

Caso “Decretazo”

Este proceso está en juicio oral, pero ya sufrió 16 suspensiones porque Camacho sigue recluido en La Paz y no fue trasladado a Santa Cruz. Se lo acusa de haber emitido en marzo de 2022 un decreto que designaba a su secretario como gobernador suplente en lugar del vicegobernador. La próxima audiencia está programada para el 28 de agosto de este 2025.

Caso “Carro Bombero”

Desde noviembre de 2024 cumplió detención domiciliaria por este caso, con . Se lo acusa de incumplimiento de deberes y contratos lesivos al Estado por la supuesta compra irregular de un carro bombero de Bs 1,7 millones que nunca llegó. La fianza es de Bs 350.000 y tiene arraigo. Este jueves, el Juzgado de Sentencia Penal Anticorrupción 22 de Santa Cruz dispuso levantar la detención domiciliaria y el arraigo, además de reducir la fianza a Bs 50.000. Ahora solo debe presentarse una vez al mes ante el juzgado.

Caso “Notaría de Gobierno”

Está acusado de falsedad material e ideológica por presuntamente falsificar su firma en un poder notarial de agosto de 2023. El proceso sigue en curso y la audiencia fue reprogramada.

Casos en etapa preliminar

Además, hay dos investigaciones abiertas sin imputación formal: una por legitimación de ganancias ilícitas y otra por tráfico de armas, según el Ministerio de Gobierno.

Según el gobernador interino de Santa Cruz, Mario Aguilera, Camacho tiene siete procesos relacionados con su gestión, algunos de los ya mencionados, pero también nombra otros como uno por malversación y contratos lesivos al Estado por recursos hídricos y otro por conducta antieconómica y falsedad ideológica en sobrepago de planillas.

Marco Antonio Pumari

Aprehendido el 10 de diciembre de 2021 en Potosí, Marco Antonio Pumari cumplía detención preventiva en el penal de San Pedro de La Paz por el caso Golpe de Estado I. Este 26 de agosto, un juez de instrucción en lo penal de La Paz determinó darle una libertad libre y pura.

¿Tiene otros procesos?

Sí, Pumari enfrenta otro proceso en Potosí por delitos electorales, a raíz de la quema del Tribunal Departamental Electoral de esa región en 2019. El 27 de agosto, el excívico fue trasladado con rumbo a la Villa Imperial para su audiencia que determinará sus medidas cautelares. Este 29 de agosto el Juzgado de Potosí determinó modificar su detención por arresto domiciliario. Al igual que Camacho, Pumari fue acogido por su familia y simpatizantes que celebraron su liberación.

Jeanine Añez Chávez

El 12 de marzo de 2021 en Trinidad, Beni, Jeanine Añez fue aprehendida y trasladada a La Paz para ser procesada y cumplir detención preventiva en el penal de Miraflores por el caso Senkata. En los últimos días, un tribunal de instrucción declaró su incompetencia para seguir juzgando a Añez por este caso y ordenó que se haga un juicio de responsabilidades vía la Asamblea Legislativa Plurinacional, por su condición de expresidenta.

Ella aún está arrestada por la condena de 10 años por el caso Golpe de Estado II. Actualmente, esperan que el Tribunal Supremo de Justicia se pronuncie para ver si admiten o no un recurso que presentó la defensa de la exmandataria para anular la sentencia de 10 años.

Según su defensa, el abogado Luis Guillén, ella enfrenta estos nueve procesos:

Caso “Golpe de Estado I”
Este proceso se abrió por los hechos de 2019 que terminaron con la salida de Evo Morales. Añez fue apartada del juicio en 2024, aunque aún están pendientes por si la vuelven a incluir.

Caso “Golpe de Estado II”
En 2022 fue condenada a 10 años de cárcel por haber asumido la presidencia de forma considerada irregular en noviembre de 2019. Su defensa presentó un recurso de revisión extraordinaria que aún espera resolución en el Tribunal Supremo de Justicia.

Caso Senkata
Añez está procesada por las muertes ocurridas en El Alto en noviembre de 2019, durante operativos policiales y militares. En estos días un tribunal dejó sin efecto el juicio ordinario y dispuso que sea tratada en un juicio de responsabilidades por su condición de expresidenta.

Caso Sacaba
Al igual que en Senkata, se la acusa por la vía ordinaria de las muertes en Huayllani, Cochabamba, en noviembre de 2019. Un juzgado de Sacaba debe definir si corresponde enviarla a juicio de responsabilidades. En este caso tiene detención domiciliaria, aunque su defensa busca que se levanten las restricciones.

Caso EBA
Se la acusa de haber hecho un nombramiento irregular en la Empresa Boliviana de Alimentos. En abril de 2025, un tribunal anuló el proceso ordinario y envió el caso a juicio de responsabilidades.

Caso Jet-Fuel
Durante la pandemia de 2020 autorizó la venta de combustible, a precio subvencionado, para aviones que ingresaban al país. Su objetivo era apoyar a las aerolíneas que tenían como objetivo evacuar a personas que querían regresar a sus regiones o países de origen. El caso está paralizado y nunca se dictaron medidas cautelares en su contra.

Caso FMI
Fue denunciada por haber gestionado un crédito de 300 millones de dólares con el Fondo Monetario Internacional en 2020, que presuntamente causó daño económico al Estado. También está paralizado.

Caso Fundempresa
Se le inició un proceso por haber ampliado la concesión de la administración del registro de comercio a Fundempresa. El trámite judicial está detenido.

Caso libertad de prensa
Se la denunció por un decreto aprobado en la pandemia, cuestionado porque supuestamente limitaba la libertad de expresión. La denuncia fue rechazada, aunque la defensa sostiene que debió resolverse mediante un juicio de responsabilidades.

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Audio de Camacho criticando a Doria Medina no tiene rastros de IA, pero sí cortes de posible montaje https://boliviaverificaelecciones.bo/audio-de-camacho-criticando-a-doria-medina-no-tiene-rastros-de-ia-pero-si-cortes-de-posible-montaje-2/ Thu, 14 Aug 2025 23:13:05 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=9832 Dos equipos de peritos internacionales analizaron el audio y determinaron que el material no fue creado con inteligencia artificial. No obstante, análisis de edición revelan posible montaje. Un audio atribuido al gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, circula en redes sociales, en el que se le escucha criticar la campaña de su principal aliado, […]

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Dos equipos de peritos internacionales analizaron el audio y determinaron que el material no fue creado con inteligencia artificial. No obstante, análisis de edición revelan posible montaje.

Un audio atribuido al gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, circula en redes sociales, en el que se le escucha criticar la campaña de su principal aliado, Samuel Doria Medina (Alianza Unidad). En la grabación, junto a otras dos personas, también se comenta que Jorge Tuto Quiroga (Alianza Libre) tendría una ventaja electoral.

El equipo de Bolivia Verifica, con el apoyo de dos grupos de peritos internacionales, analizó el material y concluyó que, si bien no hay rastros de inteligencia artificial, el audio tiene rastros de edición. A continuación, te explicamos el análisis completo.

Lo que dice el audio

En uno de los fragmentos del audio, el gobernador, desde el penal de Chonchocoro, afirma:

«¿Ana es la asesora de Samuel?» «Mierda, ¿entre burros se entiende no?»

«Oye y quién le habrá metido la idea a Samuel que es buena idea decir 100 días carajo. Tiene que ser la gaucha que carajean todo el día, los argentinos pues. No le veo sentido».

También se escuchan las voces de dos hombres que comentan encuestas de intención de voto y afirman que Quiroga aventaja a Doria Medina:

«No quiere la derecha votar por Samuel. No quieren los que están votando por Tuto ir con Samuel».

«Los tibios en esta elección se van a joder».

Análisis internacional

Los dos equipos de peritos internacionales del Grupo de Respuesta Rápida de Deepfakes de Witness analizaron el clip y concluyeron que «el audio probablemente no fue generado o manipulado con IA».

Equipo 1

  • El análisis sugiere que la grabación no fue generada por IA.
  • El equipo analizó el audio con muestras de espectrogramas para identificar cualquier indicador posible de contenido deepfake. Su conclusión es que no se encontraron signos claros de generación de IA en el audio.
  • Los expertos no hablan español, por lo que sólo pudieron analizar el espectrograma en busca de cualquier indicación de generación de IA en el audio y no así entrar al detalle de las expresiones o palabras.

Equipo 2

  • El audio es probablemente real.
  • Proceso: El detector de audio arrojó resultados mixtos, posiblemente debido al ruido de fondo en el audio. Los expertos examinaron algunos de los segmentos falsos y concluyeron que la calidad del contenido (no la calidad de la señal) es en realidad «demasiado imperfecta» para ser falsa. La tos, varias personas hablando, sus interacciones y el ruido de fondo son demasiado desordenados para ser generados.
  • El análisis es una mezcla de evaluación automática y manual, realizada por un equipo pequeño que no tiene contexto sobre el tema y el idioma. Por lo tanto, si el audio fue editado de una manera manual o solo unos segundos fueron reemplazados, el equipo no tendría la capacidad de detectarlo manualmente.

Análisis de Bolivia Verifica

El equipo de Bolivia Verifica analizó el audio con herramientas de detección que concluyeron que no hay evidencia de uso de IA.

La primera presentó un 0% de probabilidad de que el material haya sido generado por inteligencia artificial.

La segunda arrojó un margen de entre el 75% y el 92% de autenticidad.

En ambos casos, los resultados coinciden en que la voz no fue generada artificialmente.

Un experto boliviano en sonido y audio analizó el material y detectó que los pulsos por minuto y tono de emocionalidad del audio de Camacho concuerdan con la circunstancia en la que se cree que fue grabado. Este resultado es prueba de que no hay rastros de uso de IA.

Alerta de montaje

Luego de revisar a detalle el audio, se pudo notar puntos en los que el sonido de fondo y el tono de la voz cambian abruptamente, lo que podría ser prueba de que el material fue manipulado.

Audio 1

Audio 2

Audio 3

La respuesta de Camacho

Luego de que este audio circulara por las redes sociales y los medios de comunicación, el gobernador Luis Fernando Camacho se pronunció a través de sus redes sociales oficiales. Catalogó la información como falsa y una «guerra sucia».

«Samuel va a ganar las elecciones y lo saben, por eso la desesperación; ya quedó claro a qué candidato tratan de beneficiar con los audios falsos. Pedimos a los cruceños y bolivianos que no se dejen intimidar ni manipular por esta guerra sucia que repite las formas de actuar del masismo. La guerra sucia y los audios falsos no pueden ensuciar la elección».

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Peritos internacionales alertan de posible montaje en el audio de Claure y descartan el uso de IA https://boliviaverificaelecciones.bo/peritos-internacionales-descartan-ia-en-audio-de-claure-pero-alertan-de-posible-montaje/ Mon, 11 Aug 2025 12:43:09 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=9509 El análisis fue elaborado por tres equipos de Witness —organización aliada de Bolivia Verifica— usando herramientas de código cerrado. Bolivia Verifica recuerda a sus lectores que las herramientas de código abierto o gratuitas no dan resultados concluyentes ni son 100% confiables.   La semana que terminó, el medio español EDATV difundió un audio en inglés […]

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El análisis fue elaborado por tres equipos de Witness —organización aliada de Bolivia Verifica— usando herramientas de código cerrado. Bolivia Verifica recuerda a sus lectores que las herramientas de código abierto o gratuitas no dan resultados concluyentes ni son 100% confiables.

 

La semana que terminó, el medio español EDATV difundió un audio en inglés asegurando que el empresario Marcelo Claure «admite que comprando los medios puede imponer a un político y controlarlo como una marioneta». Ante la viralización del archivo sonoro, Bolivia Verifica lo analizó en colaboración con tres equipos de peritos internacionales de la organización Witness.

Los expertos concluyeron que es altamente «probable que el audio no haya sido manipulado por IA, pero podría ser una combinación de diferentes grabaciones». En este Explicador, te contamos todos los detalles del análisis.

El audio de 36 segundos fue difundido el 3 de agosto y está en inglés, pero en los subtítulos se lee lo siguiente:

«Y otra cosa que tenemos que pensar, si vamos a comprometernos y ser serios. puedes comprar medios de Bolivia por nada. Quiero decir que sabes que recibo ofertas para comprar todos los diarios en Bolivia por un par de millones de dólares. Sabes que básicamente puedes tener el control, Bolivia sigue siendo un país con periódicos en crecimiento, más redes sociales, etcétera. 

Así que es relativamente fácil mover un país que conoces y creo que será un experimento divertido, ya sabes podemos poner el político adecuado para una buena causa. Hay que asegurarse de que ponemos a alguien que realmente dirige el país mejor».

Bolivia Verifica envió el material a sus aliados del Grupo de Respuesta Rápida de Deepfakes de Witness para tener un diagnóstico preciso del contenido. Tres equipos lo revisaron por separado con diferentes herramientas de código cerrado y metodologías de análisis, y el proceso de análisis establece que es altamente probable que «el audio no haya sido manipulado por IA, pero podría haber sido una combinación de diferentes grabaciones».

A continuación, detallamos los resultados de cada uno de los análisis:

Equipo 1

El análisis que hizo este grupo de especialistas consistió en segmentar el audio en 3 partes de 12 segundos cada una para ver alguna incidencia de inteligencia artificial (IA).

«La primera parte fue marcada como probablemente generada, mientras que la segunda y la tercera no lo fueron. Al escuchar el audio, los expertos notaron una transición muy antinatural a los ~7 segundos de la grabación. Basándose en su interpretación del espectrograma de audio y del propio audio, su evaluación sugiere que los primeros 7 segundos causaron el diagnóstico falso. El equipo también notó que el audio pudo ser una combinación de grabaciones diferentes sacadas de sus contextos originales».

A continuación podrás ver los espectrogramas (la representación visual de un sonido): al lado izquierdo el audio atribuido a Claure y al derecho la imagen de cómo la herramienta esperaba que se viera el audio:

Según su resultado, el audio pudo ser manipulado por IA en sus primeros 7 segundos, pero este resultado no es concluyente. Y advierten que el análisis tuvo una limitación y es que el ruido de fondo sugiere que se usó un micrófono de un dispositivo antiguo sin cancelación de ruido para grabar el audio. «Nuestra teoría es que esto pudo haberse hecho para eliminar cualquier rastro digital del audio».

Equipo 2

El Equipo 2 segmentó más de 120 veces el audio para identificar su veracidad o falsedad, pero tuvo resultados mixtos, por lo que no llegaron a una conclusión clara. Sus limitaciones fueron el ruido, la calidad del audio y el idioma, según su reporte.

Equipo 3

El equipo 3 concluyó que el audio no presenta manipulaciones con inteligencia artificial (IA).

«El equipo encontró algunas instancias de ruidos de fondo y ruido por manipulación del micrófono. Estos ruidos indican que la grabación se realizó en un espacio con características acústicas auténticas.

Los expertos también han identificado una frecuencia resonante que está presente en la voz, alrededor de 500 Hz, debido a la acústica del espacio en el que se realizó la grabación. Además, el sonido de lo que parece ser el crujido de una silla a los 14 segundos también tiene una resonancia similar. Esta es una indicación de que la grabación de la voz y los sonidos de fondo se realizaron en el mismo espacio y que la grabación es muy probablemente auténtica«.

En su reporte menciona que también hicieron una ingeniería inversa de la voz de Claure, «utilizando la generación de voz con aprendizaje automático y usando las muestras conocidas de su voz. Al escuchar críticamente la voz generada sintéticamente por el equipo y compararla con el audio en cuestión, el equipo cree que el audio en cuestión exhibe un perfil de hablante y una patología que la voz generada sintéticamente no logró capturar. El equipo no encontró ningún artefacto de audio típicamente asociado con el audio sintético. Esto sugiere que el audio en cuestión probablemente no fue generado sintéticamente.

La única limitante que notaron es la calidad de la grabación.

Análisis de Bolivia Verifica

El equipo de Bolivia Verifica sometió el audio al análisis de herramientas gratuitas que de igual modo no fueron concluyentes. Al usarlas en diferentes momentos del audio arrojaron resultados diferentes, pero ninguno concluyó que se tratara de una creación con inteligencia artificial:

 

Usando herramientas de verificación de paga se concluyó que hay indicios técnicos que sugieren una manipulación digital, pero aclaran que no es una prueba definitiva.

Asimismo, se comparó el material con otro audio de Claure hablando en inglés y con aplicaciones de edición de audios se comparó ambos contenidos, pero tampoco se identificó algún dato concluyente que certifique que es o no es el empresario.

Luego de compartir el audio, EDATV presentó un informe en el que se detalla que el audio es original según un análisis forense que hicieron con las herramientas ElevenLabs y Resamble IA Deepfake Detector

 

Por su parte, Claure publicó que «ese audio, manipulado y editado, intenta hacer creer que yo estoy comprando medios de comunicación. Eso es absolutamente falso.».

 

¿Qué es el Grupo de Respuesta Rápida de Witness?

El Grupo de Respuesta Rápida de Deepfakes de WITNESS colabora con Bolivia Verifica para analizar contenido que puede haber sido generado o editado con IA con la finalidad de desinformar y manipular a la opinión pública.

El Grupo de Respuesta Rápida está conformado por personas expertas y empresas que trabajan de manera independiente, pero que se unen de manera voluntaria para crear este ‘Task Force’, o grupo de trabajo.

¿Qué diferencia las herramientas de código cerrado de las de código abierto?

Bolivia Verifica recuerda a sus lectores que las herramientas de código abierto o gratuitas empleadas para el análisis de contenidos generados con IA no dan resultados concluyentes ni son 100% confiables, por lo que se debe buscar mayores respaldos para certificar si un contenido es real o no.

Una herramienta de inteligencia artificial de código cerrado, también conocida como software propietario, es aquella cuyo código fuente no es accesible públicamente, lo que evita que actores malintencionados puedan analizarlo para encontrar vulnerabilidades. El proveedor es responsable de implementar y mantener las medidas de seguridad.

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Jurados electorales que se excusaron podrán asistir a votar sin riesgo a ser multados https://boliviaverificaelecciones.bo/jurados-electorales-que-se-excusaron-podran-asistir-a-votar-sin-riesgo-a-ser-multados/ Wed, 30 Jul 2025 20:39:40 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=9067 El TSE aclaró que no se puede prohibir el voto y no existe ningún tipo de multa por asistir a votar. La presentadora de televisión Dayana Caro contó que fue sorteada como jurado electoral, pero que se excusó debido a que está a cargo de un bebé lactante de nueve meses. Seguidamente, denunció que su […]

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El TSE aclaró que no se puede prohibir el voto y no existe ningún tipo de multa por asistir a votar.

La presentadora de televisión Dayana Caro contó que fue sorteada como jurado electoral, pero que se excusó debido a que está a cargo de un bebé lactante de nueve meses. Seguidamente, denunció que su excusa fue aceptada, pero que le advirtieron que si acudía a votar el 17 de agosto de 2025, día de las elecciones generales, sería multada con Bs 1.375.

“Hoy me entero de que también existen multas por ir a votar”, expresó Caro en un video difundido el 27 de julio de 2025 en su cuenta personal.

@dayis_caro MULTAS POR VOTAR?😡😡#parte1  #TED #fraude  #elecciones2025  #tribunal #electoral #departamental #tarijabolivia🇧🇴 ♬ sonido original – Dayana Caro

En un segundo video, Caro aparece en el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija donde se encontró con varias personas que tuvieron el mismo problema. A la vez, habló con personal del TSE para preguntar por qué se le impedía votar bajo amenaza de multa.

“Lo que pasa es que al presentar su excusa a ser jurado ha dado a entender que no se va a poder presentar”, le respondieron.

Caro indicó que se excusó porque es una mujer lactante que no puede estar presente todo el día durante el proceso electoral, pero que sí puede ir emitir su voto. A esto le respondieron que la decisión se rige bajo la Ley No 1096, que aplica para todos y que la información proviene de los miembros con cargos superiores en el TED de Tarija.

@dayis_caro MULTAS POR VOTAR Ayuden a compartir #parte2   #TED #fraude    #elecciones2025   #tribunal #electoral  #departamental  #tarijabolivia🇧🇴 ♬ sonido original – Dayana Caro

 ¿Qué dice la ley?

La Ley No 1096 trata de Organizaciones Políticas y fue promulgada en septiembre de 2018. En esta norma se establecen las reglas para los frentes políticos, sus militantes, las alianzas que pueden hacer, sus financiamientos, casas de campaña, entre otros. Sin embargo, no contempla ningún tipo de multa económica a quienes se excusen de ser jurados electorales y acudan a votar.

La Ley No. 026 Del Régimen Electoral promulgada en junio de 2010 es la que describe los derechos y obligaciones de las y los electores, pero en ninguno de sus 266 artículos refiere que los jurados electorales que se excusen no podrán votar o serán multados por hacerlo.

Las multas no existen y las disculpas llegan

Debido al reclamo que hizo público Caro, el vocal del TSE Gustavo Antonio Ávila brindó una conferencia de prensa aclarando el tema. Primero, pidió disculpas a la presentadora y luego refirió que además de ser mal atendida recibió mala información y aclaró que ningún ciudadano puede pagar multa por votar.

“Muchas veces los funcionarios cometen ese error, pido disculpas por aquello y aclarar lo siguiente. Si la excusa de los jurados ha sido aceptada, ellos pueden ir a votar porque se supone que ha sido aceptada y ha llegado un trámite. Vale la pena hacerlo en este evento, me voy a comunicar personalmente con la persona con la que ha sucedido esto. Le voy a pedir las disculpas del caso (…)”, explicó Ávila (ver minuto 10:55).

En conclusión, ninguna persona que se excuse de ser jurado electoral será multado en caso de que vaya a ejecutar su voto.

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Autoridades electas, ¿candidatos sin renunciar? Lo que dice la Constitución y el Tribunal Constitucional https://boliviaverificaelecciones.bo/autoridades-electas-candidatos-sin-renunciar-lo-que-dice-la-constitucion-y-el-tribunal-constitucional/ Thu, 26 Jun 2025 21:05:56 +0000 https://boliviaverificaelecciones.bo/?p=7451 La Sentencia Constitucional (032/2019) establece que las autoridades electas no están obligadas a renunciar a sus cargos, amparándose en el artículo 256 de la Constitución y en tratados internacionales. En los últimos días, la carrera a la presidencia ha sido sacudida por un debate crucial: ¿pueden postularse autoridades electas sin renunciar a sus cargos actuales? […]

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La Sentencia Constitucional (032/2019) establece que las autoridades electas no están obligadas a renunciar a sus cargos, amparándose en el artículo 256 de la Constitución y en tratados internacionales.

En los últimos días, la carrera a la presidencia ha sido sacudida por un debate crucial: ¿pueden postularse autoridades electas sin renunciar a sus cargos actuales? Los nombres de los alcaldes Eva Copa, Manfred Reyes Villa y Jhonny Fernández, junto a los senadores Andrónico Rodríguez y Rodrigo Paz, resuenan en esta controversia. Y aunque el Órgano Electoral ya emitió una declaración, aún quedan dudas sobre ¿Qué dice la Constitución Política del Estado y el Tribunal Constitucional al respecto? En este Explicador te contaremos todos los detalles.

¿Qué dice la Constitución Política del Estado?

La Constitución Política del Estado (CPE), en su artículo 238, párrafo 3, establece que no podrán acceder a cargos públicos electivos “quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República”.

Entonces, bajo esta medida, las autoridades (alcaldes, senadores, etc) deberían haber renunciado a sus cargos hasta el pasado 19 de mayo, según el calendario electoral. Sin embargo, no fue así y siguen en carrera, ¿por qué?

Porque está en vigencia la Sentencia Constitucional (032/2019) del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que establece que “quienes ocupen cargos electivos en general, no necesariamente deberán renunciar tres meses antes para postular a un cargo electivo”. Esta condición de renuncia se mantiene para los servidores designados y los de libre nombramiento.

¿Cómo se fundamenta la Sentencia 032/2019?

La Sentencia estipula que: «Quienes ocupen cargos electivos en general, no necesariamente deberán renunciar tres meses antes para postular a un cargo electivo». Para fundamentar esto, se ampara en el artículo 256 de la Constitución Política del Estado, que refiere que si un tratado internacional de derechos humanos ofrece más beneficios que la CPE, el tratado se aplica primero.

En ese sentido, el TCP aplica como principal fundamento y argumento el respeto al principio de igualdad y no discriminación, dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) (artículos: 1.1, 23, 24 y 29), en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) (2, 7 y 21) y en el artículo 8, párrafo II de la CPE.

¿Qué dicen los expertos?

Bolivia Verifica conversó con dos expertos constitucionalistas y ambos consideran que el fallo de la Sentencia Constitucional 032/2019 aunque es «inconstitucional» y «arbitrario», es de cumplimiento obligatorio para el Tribunal Supremo Electoral. Es decir, las autoridades mencionadas anteriormente no están obligadas a renunciar para ser habilitadas para las elecciones 2025.

El abogado constitucionalista José Luis Santistevan afirma que el TCP, mediante esa Sentencia, modificó la Constitución y, por ello, considera que el fallo es inconstitucional. “Resulta que el TCP estableció expulsar y retirar la palabra “electivos” del artículo 238 numeral 3 de la Constitución. Ya no existe esa palabra “electivos”, la expulsó en forma inconstitucional (…). Para alterar la Constitución, para sacar o incluir cualquier palabra o frase del texto constitucional se tiene que ir a un referendo”, argumenta el especialista.

Al mismo tiempo, recuerda que el TCP tiene la facultad de interpretar la Constitución Política del Estado, pero no para alterarla. “Mediante esta sentencia y varias sentencias se ha venido alterando el texto constitucional, eso es grave. Pero como Bolivia vive en una crisis de Estado, donde ningún órgano funciona conforme a la CPE esto se ha venido cumpliendo”, lamenta Santistevan, a tiempo de expresar su preocupación al respecto.

Por su parte, el abogado constitucionalista Daniel Valverde Aparicio considera esta resolución constitucional como arbitraria. “La Sentencia del año 2019, que al igual que la 084 del año 2017 que permitió la habilitación del presidente Evo Morales, son de las muchas sentencias que han ido trastocando el entendimiento de la Constitución, generando estas interpretaciones totalmente arbitrarias, contrarias a lo que manda expresamente la Constitución”, afirma.

Según Valverde, la Sentencia 032/2019 debería extenderse a todos los candidatos, no solo a las autoridades electas. Él argumenta que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) fundamentó su fallo en los principios de igualdad y no discriminación, pero lo hizo comparando solo con la situación del Presidente y Vicepresidente. Valverde sostiene que esta igualdad debería aplicarse en relación con el resto de los candidatos, es decir, garantizar que todos compitan en condiciones equitativas, especialmente con aquellos que no ejercen una función de autoridad en el momento de la postulación.

Ambos especialistas consideran que al permitir la no renuncia de candidatos con cargos electos, se abandonan las instituciones públicas, lo que genera un perjuicio en el Estado y la sociedad. Asimismo, coinciden en que el Gobierno entrante y la Asamblea Legislativa deberán reordenar el TCP, para “cambiar la línea jurisprudencial” y “recuperar el Tribunal Constitucional”.

Entonces, ¿Quiénes deben renunciar para poder ser candidatos a las elecciones?

Como hemos repasado, las autoridades electas (como presidentes, vicepresidentes, gobernadores, alcaldes y senadores) no están obligadas a renunciar 90 días antes de las elecciones. Así lo establecen el artículo 238 de la Constitución Política del Estado (CPE) y la Sentencia Constitucional 032/2019. Esta interpretación también fue confirmada, el pasado lunes 23 de junio, por el vocal del Tribunal Supremo Electoral, Tahuichi Tahuichi Quispe.

Sin embargo, la regla cambia para otros funcionarios. Aquellos que son servidores públicos designados o de libre nombramiento sí deben presentar su renuncia antes del plazo electoral, de acuerdo a lo que estipula el reglamento para la inscripción de candidaturas, en su requisito noveno. Este señala que el postulante debe entregar una fotocopia de la “Presentación de renuncia para los casos comprendidos en el artículo 238 de la Constitución Política del Estado”.

Un ejemplo claro de este caso es el candidato a la presidencia por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Eduardo del Castillo, quien tuvo que dimitir a su cargo como Ministro de Gobierno, precisamente porque fue designado por el presidente Luis Arce.

En síntesis, los candidatos que tienen un cargo electo sí pueden postular como candidatos sin necesidad de tener que renunciar a su cargo actual.

En síntesis, las autoridades electas sí pueden postular como candidatos para las elecciones 2025 sin necesidad de renunciar a su puesto actual.

 

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